El permiso por puntos o carnet por puntos se puso en marcha hace ya casi 20 años. En palabras de la Dirección General de Tráfico, “tiene como fin reducir la accidentalidad y aumentar la seguridad en nuestras carreteras, ya que hace que el derecho a conducir nos lo tengamos que ganar día a día, siendo prudentes, cumplidores y evitando sanciones”. De manera que si incurres en una infracción, el castigo viene acompañado de una sanción monetaria, así como de la pérdida de un número concreto de puntos. Y las multas de velocidad están en la lista de infracciones que restan puntos.
Los conductores con carnet de conducir empiezan con 12 puntos. Salvo si eres conductor novel o si has recuperado tu carnet tras serte retirado. En estos dos casos, empiezas con 8 puntos. Esos 12 puntos se pueden perder si cometes alguna infracción tipifica en la normativa vigente de tráfico. Antiguamente, el castigo se limitaba a una sanción en forma de multa de entre 200 y 1.000 euros. En la actualidad, esa multa viene acompañada de la retirada de puntos. Que puede ser de 6 puntos. O, en el peor de los casos, de la retirada de todos los puntos. Y, en consecuencia, de la retirada inmediata del carnet de conducir.
Las multas por velocidad también pueden tener, como consecuencia, la pérdida de puntos. Y, por tanto, la retirada del carnet o permiso de conducción. La cantidad de puntos a perder, entre cero y seis, así como la multa a pagar, dependerá del límite excedido, de manera que la infracción se clasifica entre grave y muy grave en varios niveles de gravedad. En la situación más extrema, sobrepasar en más del 50% la velocidad autorizada, la retirada del carnet puede ser inmediata. Veamos todos los casos con los que puedes encontrarte.
Multas por exceso de velocidad
Las infracciones o multas por exceso de velocidad se engloban en las llamadas infracciones de circulación. El exceso de velocidad es una de las infracciones más frecuentes, según explica la Dirección General de Tráfico, junto al consumo de alcohol y drogas, no llevar puesto el cinturón de seguridad o usar el teléfono móvil mientras conduces. Por lo demás, ten en cuenta que “la sanción recaerá siempre en el autor de la infracción”. Salvo que “un agente no haya podido notificar la infracción en el momento en el que se realiza”. En ese caso, la responsabilidad recae en el titular del vehículo o el arrendatario y/o en el conductor habitual. Salvo que “se acredite que otra persona conducía o la sustracción del vehículo”.
Como decíamos antes, las sanciones o multas por velocidad pueden ser de entre 100 y 600 euros. Y vienen acompañadas de la retirada de entre 2 y 6 puntos. ¿Qué dice la ley al respecto? “Es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones. El resto de los efectos administrativos y penales solo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite”.
Tabla de velocidades, multas y puntos
Para tenerlo más claro. La Dirección General de Tráfico nos ofrece una tabla que organiza las posibles multas e infracciones por superar la velocidad indicada en las vías en las que conducimos. Te será muy útil para evitar sorpresas en carretera. La tabla va de los 20 km/h a los 120 km/h. Aplicar esas velocidades de limitación dependerá de dónde te encuentres y de la señalización y normativa pertinentes. Según la velocidad excedida, hay cinco niveles de gravedad. Con todo, las multas por velocidad suelen ser graves o muy graves. La propia DGT explica que “dos de cada tres sanciones en vías interurbana están directamente relacionadas con la velocidad excesiva que, además, es un factor de riesgo presente en casi el 20% de los accidentes con víctimas”.
Viendo la tabla de velocidades, podemos ver que si en una vía con límite de 30 km/h, circulamos a un máximo de 50 km/h, la multa será de 100 euros. Pero no perderás puntos. A medida que se incrementa la velocidad excedida, perderás 2 puntos y 300 euros (si circulas a entre 51 y 60 km/h). O 4 puntos y 400 euros si circulas a entre 61 y 70 km/h. Si en vías con limitaciones de 30 km/h circulas a más de 70 km/h, podrás perder 6 puntos de golpe. Y percibir una multa de 500. Y si la velocidad excede los 81 km/h en vías de 30, la infracción sería muy grave, perderías 6 puntos y tendrías que pagar una multa de 600 euros.